La Corte avaló la renegociación de la concesión de servicios públicos privatizados y el aumento de tarifas eléctricas

Política

La Corte Suprema de Justicia avaló la renegociación de los contratos de servicios públicos privatizados, dispuesta por el gobierno de Néstor Kirchner, y el aumento de las tarifas eléctricas en 2007, según se conoció hoy en Tribunales.

Con los votos de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay, y en disidencia de Juan Carlos Maqueda, la Corte declaró "inadmisible" una apelación presentada por la Defensoría del Pueblo de la Nación.

Según surge del fallo, la Defensoría había objetado un artículo de la ley 25.790, que es la de renegociación de contratos y extensión de plazo de obras y servicios púbicos, las renegociaciones con Edenor y Edesur y las resoluciones del ENRE que aprobaron los "nuevos cuadros tarifarios" en 2007.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo había rechazado el planteo de la Defensoría al considerar que  "no se había demostrado de qué manera la renegociación llevada a cabo por el Poder ejecutivo en pleno uso de sus facultades afecta nítidamente un derecho fundamental de los usuarios y consumidores del servicio de electricidad".

La Defensoría, en defensa de los derechos de todos los usuarios, sostenía  que en las condiciones expuestas, "claramente esta acción tutela los derechos de incidencia colectiva del conjunto de usuarios de energía eléctrica que pagarán tarifas más altas por el servicio producto del incremento que se había autorizado".

También argumentaba que la ley 25.790, en su artículo cuarto, contradecía "expresamente las previsiones de la Constitución Nacional en cuanto prevé que la voluntad de cada Cámara (legislativa) debe manifestarse expresamente; se excluye en todos los casos la sanción tácita o ficta".

El artículo en cuestión de la ley establecía que se tendrían "por aprobadas las propuestas de renegociación de contratos de servicios públicos remitidas por el Poder Ejecutivo Nacional si el Congreso de la Nación no se expide en el plazo de 60 días de que éstas fueran recibidas".

La Defensoría recurrió a la Corte como último recurso, pero la acción fue desestimada por el máximo tribunal.

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