Ratificaron la prisión perpetua para el asesino del fotógrafo francés
La víctima era Laurent Schwebel, tenía 52 años y Ramón Víctor Giménez, de 24, lo apuñaló para robarle su cámara en Plaza San Martín en el barrio de Retiro.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este martes la condena a prisión perpetua a Ramón Víctor Giménez como autor del crimen del turista y fotógrafo francés Laurent René Schwebel, ocurrido en febrero del año pasado, cuando intentó robarle la cámara con la que sacaba fotos en el monumento a los caídos en Malvinas, en la Plaza San Martín del barrio de Retiro.
Giménez había sido condenado por el Tribunal Oral Criminal 2 por los delitos de robo simple y homicidio criminis causa (matar para ocultar otro delito o cuando el homicidio es causado por no haber logrado el fin propuesto al intentar otro delito) y también lo declaró reincidente por tener condenas previas.
En un fallo firmado por los camaristas Eduardo Riggi, Mariano Borinsky y Liliana Catucci, Casación rechazó el recurso de la defensa y confirmó la pena y el homicidio crimimis causa, pero rectificó la figura del delito de robo simple y lo modificó por tentativa de robo.
Schwebel, la víctima, tenía 52 años. Era géologo, naturalista y fotógrafo. Días antes de aquella mañana del 8 de febrero había regresado de la Antártida y esperaba partir horas más tarde hacia la Patagonia para avistar ballenas. Pero cerca de las 8.30 cuando recorría la Plaza San Martín se le acercó Giménez e intentó robarle la cámara. El fotógrafo se resistió, hubo un forcejeo y el francés recibió cuchillazos que lo mataron.
Gente que circulaba por la zona comenzó a perseguir a Giménez, que intentó escapar hacia la zona de la estación de ómnibus de Retiro y alertó a la Policía, que finalmente logró detenerlo. Schwebel caminó unos metros herido, recibió ayuda tarde y falleció.
El abogado de Giménez, precisamente, había pedido una pena menor al considerar que Schwebel podría haberse salvado si lo asistían a tiempo, lo que fue rechazado por Casación.
"La conducta realizada por el imputado -consistente en haber asestado una puñalada en el pecho de la víctima, utilizando para ello un cuchillo de 20 centímetros de hoja, que penetró aproximadamente 14 centímetros en el cuerpo del damnificado y que afectó principalmente el pulmón derecho, provocando una intensa hemorragia interna y externa- es con toda evidencia causa del resultado que se produjo, esto es, la muerte de Laurent René Schwebel", sostuvo Casación al confirmar la condena.
"Somos de la opinión que las alegaciones de la defensa –al pretender hacer fincar en la demora de la ambulancia la causa de la muerte de Schwebel- resultan inatendibles", respondió Casación al planteo de los abogados del acusado.
La Cámara advirtió que "aun admitiendo que la asistencia médica se hubiera demorado por causas imputables a los prestadores del servicio –circunstancia que solo mencionamos a título de hipótesis, pues nada indica que ello hubiera sido realmente así-, lo cierto es que esa alternativa no determina la exclusión de la responsabilidad penal de Giménez por haber causado la muerte del damnificado".
Casación confirmó la figura del homicidio criminis causa, en el artículo 80 inciso 7º del Código Penal, "por cuanto como consecuencia del ataque desplegado por el acusado Ramón Víctor Giménez contra Laurent René Schwebel, agresión que tuvo como propósito innegable cegar la vida de la víctima, por no haber podido –ante su resistencia- lograr el fin delictual que se había propuesto".
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