Comisión Nacional de Valores firmó Resolución 1175/2026 y cambian vencimientos por papa León XIV en Argentina

Economía

La Comisión Nacional de Valores dispuso prórroga para presentación de estados financieros debido a los feriados decretados por el papa León XI.

La llegada del papa León XIV a la República Argentina obligó a modificar el calendario de vencimientos financieros. A través de la Resolución General 1175/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial, la Comisión Nacional de Valores (CNV) oficializó una prórroga excepcional para la presentación de balances y estados contables.

Los motivos de la prórroga y los feriados extraordinarios

La medida adoptada por el organismo presidido por Roberto Emilio Silva responde directamente al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1103/2026, el cual estableció una serie de feriados extraordinarios durante el mes de noviembre con motivo de la visita papal. El cronograma de días no laborables quedó diagramado de la siguiente manera:

  • 9 de noviembre: feriado en todo el territorio de la República Argentina.
  • 10 de noviembre: feriado exclusivamente en el ámbito de la Provincia de Córdoba y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • 11 de noviembre: feriado exclusivamente en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

En los considerandos de la resolución, la CNV explica que gran parte de los sujetos bajo su supervisión, así como los estudios de auditoría externa y profesionales intervinientes, tienen sus sedes en CABA y la Provincia de Buenos Aires. Por lo tanto, estos feriados reducirían drásticamente los días hábiles disponibles, generando "dificultades operativas excepcionales, ajenas a la voluntad de las Entidades".

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Cuáles son los nuevos plazos de presentación

Originalmente, las normativas vigentes exigían que los Estados Financieros y Contables anuales correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de agosto de 2026 debían presentarse el 9 de noviembre. Por su parte, la documentación por períodos intermedios del trimestre cerrado el 30 de septiembre de 2026 vencía el 11 de noviembre.

Con la nueva disposición incorporada al Capítulo XIX del Título XVIII de las normas de la CNV, ambos plazos se prorrogan con carácter excepcional y por única vez hasta el 13 de noviembre de 2026, inclusive.

Asimismo, el documento aclara que esta extensión temporal alcanzará también a la "totalidad de los documentos e informaciones que deban presentarse en forma complementaria y conjunta con dichos estados financieros", garantizando así la previsibilidad operativa sin afectar la difusión de información relevante para el público inversor.

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