El Gobierno homologó la Ley 27.073 y determinó hasta cuándo se puede cobrar el aguinaldo
La primera cuota del vence. Conocé los plazos máximos que da la Ley del Gobierno, la fórmula de cálculo y cómo reclamar el aguinaldo.
El Gobierno homologó la Ley 27.073 y determinó hasta cuándo se puede cobrar el aguinaldo
El Sueldo Anual Complementario (SAC), comúnmente denominado aguinaldo, es un derecho laboral inalienable establecido por la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) N.° 20.744 en sus artículos 121, 122 y 123. No se trata de un beneficio discrecional del empleador ni de un bono por desempeño, sino de un ingreso adicional acumulado a lo largo del año.
Al finalizar junio de 2026, expira el plazo legal para abonar la primera cuota que alcanza a millones de trabajadores en relación de dependencia, empleados estatales y jubilados.
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Cuándo vence el plazo legal y de cuánto es el período de gracia
De acuerdo con el artículo 122 de la LCT, modificado por la Ley 27.073 con aval del Gobierno, la fecha límite estricta para el pago de la primera parte del aguinaldo es el 30 de junio. Sin embargo, la legislación laboral y la jurisprudencia contemplan un margen de flexibilización:
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Días hábiles adicionales: El artículo 128 de la LCT otorga a los empleadores un período de gracia de cuatro días hábiles posteriores al vencimiento para liquidar haberes.
Vencimiento efectivo: Al trasladarse dicho criterio al cobro del SAC, el plazo máximo real para que las empresas depositen el aguinaldo se extiende hasta el lunes 6 de julio.
Personal de casas particulares: Para este sector, la Ley 26.844 es taxativa y determina que el beneficio debe abonarse obligatoriamente en la última jornada laboral de junio, sin posibilidad alguna de prórroga o extensión de días hábiles.
Jubilados y pensionados: La ANSES integra el pago de forma automática al haber mensual de junio de manera escalonada, habiéndose completado el cronograma en el transcurso del mes.
Cómo se calcula el aguinaldo y qué hacer ante la falta de pago
La fórmula legal vigente —determinada por la Ley 23.041— estipula que el monto del SAC se calcula como el 50% del salario mensual más alto percibido dentro del semestre. Es fundamental remarcar que no se realiza un promedio de los sueldos del período, sino que se toma de forma directa la remuneración más elevada con todos los rubros remunerativos incluidos.
Si una vez cumplido el período de gracia del lunes 6 de julio el empleador no ha efectuado el pago, este queda en mora automática desde el día siguiente al vencimiento, sin necesidad de que exista una intimación previa por parte del empleado. Esto genera la obligación legal de abonar los intereses correspondientes por el atraso. Ante esta situación de irregularidad, el afectado se encuentra facultado para intimar formalmente el cobro mediante el envío de un telegrama laboral gratuito a través del Correo Argentino.
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